Permiso de Menor
Permiso para Menores de Edad
¿Qué es el permiso para menores de edad?
Es una autorización expresa de los representantes legales de un menor de edad para viajar al exterior sin ellos.
¿En qué casos se necesita tramitar el permiso para menor de edad?
De acuerdo a la normativa vigente, un uruguayo - oriental o nacional uruguayo (hijo de padre uruguayo; Ley Nº 16.021) - menor de 18 años de edad necesita viajar al exterior con Permiso para Menor de Edad en los siguiente casos:
1) Si viaja a países de la región (Argentina, Brasil, Bolivia, Chile y Paraguay) utilizando la cédula de identidad uruguaya como documento de viaje, y no va acompañado de sus padres.
2) Si viaja al exterior con pasaporte extranjero expedido o renovado en Uruguay; o si surge del mismo que el menor hace más de un año que está en el país (período anual que se constata mediante la fecha que luce el sello correspondiente a la última entrada al país).
¿DÓNDE SE TRAMITA EL PERMISO PARA MENOR DE EDAD?
En las oficinas de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN instaladas en Artigas, Bella Unión, Salto, Paysandú, Fray Bentos, Mercedes, Carmelo, Nueva Palmira, Colonia, Puerto de Montevideo (solo en los casos en que el menor vaya a viajar por ese punto), Aeropuerto Int. de Carrasco (solo en los casos en que el menor vaya a viajar por ese punto), Maldonado, Chuy, Melo, Río Branco, Aceguá, Rivera y en la Oficina Central (Misiones 1513, Montevideo).
Requisitos para el tramite segun los casos mas frecuentes
a) Sus cédulas de identidad vigentes y en buen estado.
b) La cédula de identidad del menor vigente y en buen estado y/o el pasaporteextranjero del menor vigente. Si los padres autorizan a viajar al menor a destinos queincluyen el uso de ambos documentos de identidad, deberán presentar los dosdocumentos para hacer el trámite.
c) Partida de nacimiento o Libreta de Matrimonio uruguayas, para probar el vínculo filial.No son válidas las inscripciones de nacimientos realizadas por oficinas extranjeras en lalibreta de matrimonio uruguaya. Si se trata de libreta o partida extranjeras, deberáestar legalizada por el Cónsul uruguayo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores(Montevideo); -salvo que ya estuvieran inscriptas en la Sección Partidas de Extranjerosdel Registro Civil uruguayo-. En caso de no estar en castellano, deberá estar traducidaal español.
b) Partida de nacimiento o Libreta de Matrimonio uruguayas, para probar el vínculo filial.No son válidas las inscripciones de nacimientos realizadas por oficinas extranjeras en lalibreta de matrimonio uruguaya. Si se trata de libreta o partida extranjeras, deberáestar legalizada por el Cónsul uruguayo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores(Montevideo). En caso de no estar en castellano, deberá incluir traducción.
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- Hijo legítimo con padres fallecidos y sin tutor
- El menor podrá viajar al exterior solamente con autorización expresa del Juezcompetente. Con dicha autorización se debe tramitar el Permiso para Menor de edad,presentando además la cédula de identidad del menor – vigente y en buen estado.
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- Hijo legítimo con un padre fallecido que va a viajar solo al exterior- Comparece del padre a autorizar y firmar el Permiso para Menor de edad, presentando:
a) Cédula del padre y del menor, vigentes y en buen estado.
b) Partida de nacimiento o Libreta de Matrimonio uruguayas, para probar el vínculo filial. No son válidas las inscripciones de nacimientos realizadas por oficinas extranjeras en la libreta de matrimonio uruguaya. Si se trata de libreta o partida extranjeras, deberá estar legalizada por el Cónsul uruguayo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores(Montevideo). En caso de no estar en castellano, deberá incluir traducción.
c) Partida de defunción del padre fallecido o Libreta de Matrimonio donde conste el deceso. Si se trata de libreta o partida extranjeras, deberá estar legalizada por el Cónsuluruguayo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Montevideo). En caso de no estar en castellano, deberá incluir traducción.
Situación 1
Si fue reconocido por ambos padres, deberán comparecer a autorizar y firmar el Permiso para Menor de edad, presentando:
a) Cédulas de los dos padres y del menor, vigentes y en buen estado.
b) Partida de nacimiento del menor donde consten los dos reconocimientos.
Situación 2
Si fue reconocido por un solo padre, deberá comparecer éste a autorizar y firmar el
Permiso para Menor de edad, presentando:
a) Cédulas del padre o madre y del menor, vigentes y en buen estado.
b) Partida de nacimiento del menor donde conste el reconocimiento. La validez de esta partida de nacimiento a efectos del trámite de Permiso para Menor de edad es de 30 días.
Deben concurrir ambos padres a autorizar y firmar el Permiso para Menor de edad, presentando:
a) Sus cédulas de identidad y la del menor, vigentes y en buen estado.
d) Partida de nacimiento donde conste la adopción invocada en anotación marginal, o escritura pública de adopción. Si se trata de una partida extranjera deberá estar legalizada por el Cónsul uruguayo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Montevideo). En caso de no estar en castellano, deberá incluir traducción.
Validez del permiso, costo y otras especificaciones
El Permiso para Menor de edad podrá tener una validez máxima de un año, siempre y cuando los padres del menor no establezcan un plazo menor de vigencia.
Es posible sacar un Permiso para Menor de edad por más de un viaje, según la voluntad de los padres.
El Permiso para Menor de edad tiene un costo por viaje, para ver los costos del Permiso para Menor de edad dirijase a la página de Costos de Trámites.
Los padres deberán establecer a que país o países autorizan a viajar al menor, voluntad que quedará aclarada en el permiso emitido.Asimismo los padres podrán especificar con que persona mayor de edad autorizan a su hijo a viajar al exterior.
En ese caso deberán presentar el documento de viaje de la misma (cédula de identidad, pasaporte, DNI, etc.) para agregarlo al Permiso para Menor de edad.
IMPORTANTE
1) En el trámite de Permiso para Menor de edad se puede sustituir la comparecencia (firma) de uno o ambos padres con: - Autorización de viaje ante escribano público
Autorización de viaje judicial
Autorización de viaje ante cónsul uruguayo.
Se aclara que, si éstas autorizaciones tienen un plazo determinado expresado en el documento, se tomará en cuenta el mismo; por el contrario si no tiene plazo se entenderá que esa autorización se concedió por un solo viaje, salvo que diga hasta la mayoría de edad.
2) Si los padres están en ciudades distintas dentro del territorio nacional, la autorización (firma) de uno de ellos se puede recepcionar en una oficina de Migración de las antes mencionada, y el otro padre puede completar el trámite de Permiso para Menor de edad en otra oficina de Migración.
3) Las cédulas de identidad deben estar vigentes y en BUEN ESTADO para ser aceptadas por el funcionario de Migración, en el trámite de Permiso para Menor de edad.
NO SE ACEPTARÁN CÉDULAS REPLASTIFICADAS, PEGADAS, ENGRAMPADAS, REPARADAS CON CINTAS ADHESIVAS; NI MUTILADAS O DESPEGADAS.
4) Cuando se utilicen partidas o libretas de matrimonio extranjeras en todos los casos deberá estar legalizada por el Cónsul uruguayo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Montevideo).
En caso de no estar en castellano, deberá incluir traducción.
5) Para la realización del trámite de Permiso para Menor de edad, no se aceptarán libretas de matrimonio extranjeras con inscripciones de menores realizadas por funcionarios del Registro Civil uruguayo.
Tampoco serán válidas libretas de matrimonio uruguayas con inscripciones de menores realizadas por organismo de registro civil de otros países.
6) Menor uruguayo con pasaporte uruguayo vigente, EN NINGÚN CASO NECESITA PERMISO PARA MENOR DE EDAD PARA VIAJAR A CUALQUIER PAÍS DEL MUNDO.
7) No es necesario que el menor acompañe a sus padres en la tramitación del Permiso para Menor de edad.
8) En casos de pérdida de Patria Potestad el certificado o testimonio a presentar ante Migración no podrá tener más de 5 (cinco) años de expedido.
De ser así deberá ser actualizado en el organismo emisor.
9) No se considerará válido para obtener un Permiso para Menor de edad, un poder redactado con la mayor amplitud de parte de un padre en favor del otro, si no dice expresamente que autoriza a su hijo a viajar al exterior.
10) A los efectos de gestionar el Permiso para Menor de edad los padres podrán realizar el trámite presentando como documento de identidad, cualquiera que sea documento hábil de viaje para Migración uruguaya (pasaporte, DNI argentino, etc. vigente), en sustitución de la cédula de identidad uruguaya.
11) En ningún caso se aceptará la presentación de fotocopia de la cédula de identidad certificada por escribano público para realizar el trámite.
Por cualquier otra situación o información no contemplada en esta página rogamos a usted realizar la consulta correspondiente ante la Dirección Nacional de Migración.
La información aquí expuesta no tiene carácter oficial, en tal caso consulte en la pagina web.